Sentencia de la Corte Suprema, rol N° 99.085-2022
Qué dice
Fallo del 15 de junio de 2023. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique había condenado a un hombre a cinco años y un día de presidio efectivo por dos delitos de cultivo de cannabis (2020 y 2021). La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad por errónea aplicación del artículo 8° de la Ley 20.000 y anuló la condena. Sobre el cultivo en su casa, aplicó la Ley 21.575, publicada semanas antes, por ser más favorable: el acusado tenía diagnóstico y recetas médicas. Sobre el segundo hecho —entregó plantas recién germinadas a familiares de una mujer con cáncer, a cambio de la mitad de la producción— estimó que no hubo riesgo de difusión incontrolada, porque el destino era una persona cierta y determinada. El fallo razona que «consumo personal exclusivo» no supone un solo consumidor: basta que consuman las mismas personas que cultivaron. Verificable con el rol en pjud.cl.
Dónde la citamos
Ley y regulaciónDispensarios de cannabis medicinal: tres fallos a favor y ninguna ley que los reconozcaEsta ficha resume un trabajo de terceros con nuestras palabras. Para citarlo, usa siempre la fuente original.