Cannabis y conducción en Chile: las mismas penas que la ebriedad, sin un umbral de THC
Manejar bajo la influencia del cannabis es un delito que se castiga igual que manejar en estado de ebriedad. La ley no fija un umbral de THC, el narcotest se aplica desde 2019 y la Ley de Tránsito no contempla excepciones por receta médica.
En Chile, conducir bajo la influencia del cannabis es un delito, y se castiga con las mismas penas que manejar en estado de ebriedad. A diferencia del alcohol, la ley no fija un umbral medible, y tener receta médica no cambia la regla. Esto es lo que dice la Ley de Tránsito y lo que se sabe sobre su fiscalización, a septiembre de 2026.
La ley prohíbe conducir «bajo la influencia», sin fijar un umbral
El art. 110 de la Ley de Tránsito prohíbe conducir cualquier vehículo, u operar maquinaria, en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol o «bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas». El cannabis es una de ellas.
Para el alcohol hay números: sobre 0,3 gramos por mil en la sangre es «bajo la influencia», y desde 0,8 es ebriedad (art. 111). Para las drogas no existe un umbral equivalente. La ley no indica una concentración de THC —el compuesto psicoactivo del cannabis— a partir de la cual alguien conduce bajo su influencia. Lo resuelven fiscales y jueces con las pruebas de cada caso.
Las mismas penas que el manejo en estado de ebriedad
La conducción bajo la influencia de drogas se sanciona en el art. 196, el mismo de la ebriedad, y no en la figura más leve de «bajo la influencia del alcohol». Las penas, con las equivalencias en tiempo que publica la Biblioteca del Congreso:
- Sin daños, o con daños materiales o lesiones leves: presidio de 61 a 540 días, multa de 2 a 10 UTM y suspensión de la licencia por dos años. La segunda vez, cinco años; la tercera, cancelación.
- Lesiones menos graves o graves: presidio de 541 días a 3 años, multa de 4 a 12 UTM y suspensión de la licencia por 36 meses o por cinco años.
- Lesiones gravísimas o muerte: presidio de 3 años y un día a 5 años, o hasta 10 años si alguien muere; multa de 8 a 20 UTM, inhabilidad perpetua para conducir y comiso del vehículo.
Con la UTM de septiembre de 2026 ($71.721; el valor cambia cada mes), la multa más baja va de unos $143.000 a $717.000.
Cómo se fiscaliza: el narcotest
Carabineros puede someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria «o de otra naturaleza» para detectar alcohol o acreditar conducción bajo la influencia de drogas (art. 182). Los instrumentos deben estar certificados por el Ministerio de Transportes (art. 183).
El narcotest se aplica desde abril de 2019. Según informó entonces el Gobierno, es una prueba de saliva que detecta cinco grupos de sustancias —marihuana, cocaína, opiáceos, anfetamina y metanfetamina— y entrega el resultado en 5 a 12 minutos. Si marca positivo, el conductor pasa a una ambulancia de SENDA, donde se le toma una muestra de sangre. Después, la fiscalía presenta los antecedentes y un tribunal decide.
Un dato para dimensionar: en el plan de fin de año de 2022, SENDA informó 247 narcotest, con 54 conductores retirados de circulación (21,8%), frente a 0,75% en más de 9.000 alcotest. Las cifras no son comparables. El alcotest se aplica a todos los conductores controlados; el narcotest, solo a quienes Carabineros selecciona antes por signos de posible consumo.
Negarse sin justificación a las pruebas se sanciona con multa de 3 a 10 UTM y suspensión de la licencia hasta por un mes (art. 195 bis). Si hubo un accidente con lesiones gravísimas o muerte, negarse es un delito con presidio de 3 años y un día a 5 años.
La receta médica no es una excepción en la Ley de Tránsito
La Ley de Tránsito no menciona recetas ni tratamientos: no hay en su texto una excepción para pacientes. La justificación por tratamiento médico de la Ley 20.000 se refiere a cultivar, portar o consumir, no a conducir.
Algunos medios especializados en cannabis han publicado que una instrucción de SENDA, de fines de 2024, excluiría de los controles a pacientes con receta. No encontramos ese documento ni una confirmación en SENDA, Carabineros o la Fiscalía. No está confirmado, y la ley no contempla esa excepción.
Lo que sabemos y lo que no
- Conducir bajo la influencia del cannabis es delito, con penas de presidio, multa y suspensión de licencia, con o sin receta.
- La ley castiga conducir «bajo la influencia», no el rastro de un consumo anterior. Pero sin un umbral legal, esa diferencia se discute caso a caso.
- No encontramos información oficial chilena sobre cuántas horas después de consumir puede marcar positivo el narcotest, ni sobre su margen de error. Las cifras que circulan no tienen fuente oficial.
- Lo único que elimina el riesgo —vial y legal— es no manejar si se ha consumido.
Este texto es información general y no constituye asesoría legal. Ante un caso concreto, consulta a un abogado.
Fuentes de este artículo
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